El Gobierno eliminó un impuesto que recaía sobre el vendedor. Fernanda Villalba, bróker de RE/MAX Chacras, detalló a qué casos alcanza y cómo podría impactar en el mercado de propiedades.
Fruto de las “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes” que concentra la Ley Bases, se derogó el Impuesto a la Transferencia Inmueble (ITI), que implicaba un valor porcentual a pagarle a la AFIP, por la venta, permuta, cambio, dación de pago de un inmueble propio, entre otros.
La eliminación de este impuesto es un alivio económico que podría reactivar el mercado inmobiliario, fundamentalmente a partir de la incidencia que tiene en operatorias bastante habituales en la vida comercial de las ciudades.
Fernanda Villalba, bróker de RE/MAX Chacras explicó: “El ITI tuvo una antigüedad mayor a 30 años, ya que estaba vigente desde 1991. Es un impuesto nacional que gravaba las transferencias inmuebles y todo acto por el cual se transmitía el dominio de una propiedad a título oneroso. Es decir, era abonado por todas las personas que vendían una propiedad e incluso a las sucesiones indivisas, que son situaciones bastante frecuentes. No era un monto fijo, sino porcentual. El pago correspondía al 1.5% sobre el valor de escrituración de la propiedad y era retenido por el escribano, en el mismo proceso”.
A modo de ejemplo, Fernanda Villalba indicó: “Quien vendía una propiedad en 20 millones de pesos, debía pagar $300.000 en concepto de ITI. A partir de la publicación en el Boletín Oficial la semana pasada, ya quedó derogado”.
“Al ITI lo pagaba el vendedor y la única manera de quedar excluido, era solicitando un Certificado de No Retención. El mismo era para cuando alguien vendía una vivienda propia para comprar otra vivienda de uso particular, o para adquirir un lote con la finalidad de construir vivienda para sí”, apuntó Fernanda Villalba.
Esa condición hacía que muchos herederos no pudieran evitar tener que abonar el Impuesto, situación que se proyecta quedaría destrabada a partir de ahora. Al respecto, Fernanda Villalba especificó: “Se estima que esta medida del Gobierno Nacional va a incentivar un poco las ventas, aunque llevará su tiempo, porque estamos ante algo nuevo. No obstante, abaratar las operatorias es una buena noticia. Pero considero que la mayor incidencia estará en que va a dinamizar el mercado que se vincula con las sucesiones. En muchos casos, cuando se muere una persona propietaria de una casa o un departamento, son varios los hijos que se constituyen en herederos. En las ocasiones que eran 3, 4 o 5 hermanos que heredaban, al vender el inmueble y dividirse lo obtenido, la repartición no era suficiente como para comprar otra casa, o decidían guardarlo como ahorro, o lo destinaban a otra inversión, y en esos casos, no podían acceder al Certificado de No Retención y debían pagar el ITI. Ahora ya no estarán alcanzados por el Impuesto”.
En la transición de esta reciente realidad impositiva, habrá operatorias que quedarán pendientes de resolverse: “Si la compra-venta se hizo por estos tiempos, habrá que analizar cómo se realizó el boleto, si se inscribió algún instrumento y demás, hacer presentaciones para la definición que seguramente el organismo fijará en breve”, comentó Fernanda Villalba.
Desde una perspectiva optimista hacia los propietarios y herederos dispuestos a vender una propiedad, y a modo de desafío legislativo, Fernanda Villalba manifestó: “Quedará pendiente la revisión de los impuestos a nivel provincial. Uno entiende que debería equipararse la decisión, aunarse el espíritu de la medida y adoptar un mismo criterio. Pero será a futuro y estaremos atentos a la posibilidad de que suceda”.
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